viernes, 25 de abril de 2025

Cerrado

Cómo cancelar un contrato de venta

Saludos, hice una compra de un inmueble reciente a un familiar, la cual fue cuestionada al momento que me acerque a una oficina de la dgii, los pagos fueron realizados vía depósitos y estos no tenían  el concepto, allá me informaron que estos no eran válidos y la persona que me asistió hice la presunción de que esto era una donación, la cual no es así, que debo hacer para regularizar esta compra y proceder a la transferencia del mismo?

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Oficial

Buenos días, Ana. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, debe solicitar una certificación de no presunción de donación debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Certificaciones (FI-ADML-007), llenado y firmado.
  2. Copia del título del inmueble (aplica en caso de transferencia de inmuebles).
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del(los) comprador (es).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del vendedor.
  5. Copia del contrato de compraventa del inmueble (aplica en caso de transferencia de inmuebles).
  6. Documentos que demuestren la prueba del pago (recibos, cheques endosados, depósitos o retiros bancarios, estados o movimientos de cuentas bancarias, carta de trabajo, etc.)(aplica si el contrato de compraventa no es tripartito).
  7. Poder de autorización notarizado (en caso de Personas Físicas) o Carta de autorización timbrada, firmada y sellada (en caso de Personas Jurídicas) [aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud].
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).

Importante:

  • Esta certificación debe solicitarse cuando se requiere validar si se considerarán donaciones o ventas legítimas, la transferencia de un inmueble o la venta de acciones entre familiares directos (padre, madre, hijos y hermanos).
  • Si el contribuyente no está de acuerdo con la respuesta de la certificación, puede interponer un Recurso de Reconsideración.

Tiempo de Respuesta:
15 días laborables.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.