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Clasificación 606
Buenas tardes
Luego de recibir un cordial saludo, me gustaría consultar, cual es la forma correcta de clasificar en el 606, una factura de gastos mixta; en la misma se compro material gastable de oficina y también inmuebles para la oficina; dígase escritorio, sillas y demás.
Es correcto llevarlo al tipo de gasto 02 o al tipo 04?
Por otro lado, quisiese saber si los ingresos que recibe una persona física por la renta de vehículos, esta gravado con ITBIS o no; y cuál sería el tratamiento fiscal para ese caso.
Gracias de antemano.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
6.4K Mensajes
hace 7 meses
Buenos días, Helen. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, en la factura de gastos mixtos debe validar cuál de los dos posee el mayor porcentaje y clasificarlo en dicho tipo de gasto.
En la prestación del servicio de alquiler de bienes muebles debe aplicar la siguiente retención, según corresponda:
Bienes Muebles:
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Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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