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Circular 03-2026
Buenas, en todas las notas que he visto sobre la circular solamente hablan de deudas hasta el 2023, aplica esta facilidad para el 2024 también? y si aplica, cuanto seria el porcentaje?
Muchas gracias de antemano por la ayuda en este sentido.


Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 18 días
Buenos días, Domingo. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, hacemos de su conocimiento que toda la información correspondiente a facilidades de pago que impliquen descuentos debe ser requerida a través de su Administración Local, exceptuando solo las que correspondan a deudas producto de rectificativas y determinaciones, según el art. 252 del Código Tributario.
Si desea consultar el directorio de nuestras administraciones locales, puede hacerlo a través del siguiente enlace de nuestra página web: Listado de administraciones locales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Elizabeth Santos Camilo
1 Mensaje
hace 16 días
Buenos dias,
Quiero saber si en la Circular 03-2026 esta incluida la multa por los pagos Incumplimiento de los Deberes Formales de los Contribuyentes, Responsables y Terceros ?
Saludos.
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