miércoles, 22 de abril de 2026

Cierre de RNC/CEDULA contribuyente

Buenas tardes

Cuales son los pasos a seguir para que un contribuyente registrado como persona fisica con su cedula inactive su rnc/cedula?

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenas tardes, Daniel. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que un contribuyente persona física puede pasar a ser un registrado sin obligaciones tributarias depositando en la administración local a la que pertenece, los siguientes documentos:

 

  1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01) llenado y firmado.

  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente.

  3. Copia de la Certificación de asalariado o comunicación del empleador (aplica en caso de modificación de actividad económica de Persona Física a Empleado y Obrero).

  4. Carta de autorización a terceros (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).

  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar la solicitud (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).

  6. Copia del Pasaporte (aplica en caso de que el solicitante sea una Personas Física extranjera).

  7. Copia del documento o instrumento jurídico que demuestre el cambio de domicilio (contrato de alquiler notarizado, contrato de servicio telefónico, contrato de electricidad, etc.).


Tiempo de respuesta: Inmediato.

 

Importante: Para poder someter esta solicitud, la persona física debe encontrarse al día en la presentación y pago de los impuestos que le correspondan como contribuyente.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)

hace 7 días

Buenas

Gracias por la respuesta acertada  y precisa.

Por otro lado, tengo 2 dudas respecto al formulario. en el formulario colocare que el servicio seria cese de operaciones y por otro lado el punto 7 que usted menciona:

7.Copia del documento o instrumento jurídico que demuestre el cambio de domicilio (contrato de alquiler notarizado, contrato de servicio telefónico, contrato de electricidad, etc.). 

Eso es en caso de que el quiera cambiar de domicilio? porque al final la persona solo quiere inactivar su Rnc o cedula o pasar a ser una persona sin obligaciones tributarias.

Buenos días, Daniel. Gracias por contactarnos. 

 

 

La opción que debe marcar en este caso es la opción "Actualizar datos", teniendo en cuenta que el cese de operaciones se hará automáticamente con el cambio de la actividad económica que actualmente tiene en el registro por una actividad que no genere obligaciones tributarias. La opción "Cese de operaciones" existe en el formulario para los casos de cese temporal de operaciones, en los cuáles su actividad económica no varía.

 

En cuanto al documento o instrumento jurídico que demuestre el cambio de domicilio, debe presentarlo para sustentar su dirección actual, ya que la información actualizada de su registro puede ser útil aun cuando no se encuentre operando. Por ejemplo, en caso de que se necesite contactarlo para aclarar información reportada por terceros relacionada con usted.

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.  

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.  

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv. 

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial 

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.