RG

miércoles, 26 de junio de 2024 18:34

Cerrado

Cierre de Operaciones empresa SRL

Tengo un cliente que desea cerrar su empresa SRL. Esta pensando en vender todas las acciones de la empresa a una persona fisica no registrada en la DGII.

Pregunto:

Como él no quiere solicitar un cese temporal, sino vender todas las acciones de la empresa,

Cuales son los impuestos involucrados en la venta de acciones y activo cat.1 que posee la empresa? 

Nota: El activo se trata de un terreno, que actualmente tiene un valor superior al monto dado en compra.

En espera de sus acostumbradas atenciones,

Solución oficial

Buenas tardes, Robinson. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, las personas físicas pueden solicitar la modificación o actualización de su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:

 

Transferencia de negocios con nombre comercial:
  1. Formulario de Declaración Jurada de Registro y Actualización de Datos de Personas Físicas (RC-01) llenado y firmado.
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente.
  3. Copia del contrato de compra y venta notariado.
    Constancia de traspaso del nombre emitida por la Oficina
  4. Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI).
Tiempo de Respuesta:
  • Solicitudes presenciales: inmediato
  • Solicitudes virtuales: 24 horas
  • Solicitudes que conlleven verificación de actividad económica: 15 días laborables

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Gracias por tan pronta respuesta.

Aclaro, este caso se trata de una empresa SRL cuyos socios desean vender sus acciones a una persona extranjera no residente en el pais y junto a las acciones, tambien vender un terreno que es parte de los activos de esta sociedad.

La pregunta es:

Cuales serian los impuestos involucrados a cargo del vendedor y cuales recaerian a cargo del Extranjero no Residente en el país?

Nota: Este extranjero piensa seguir con la empresa dejando a dominicanos como socios y administradores de la misma. Logicamente realizando las solicitudes de cambios de socios ante la DGII.

Buenos días, Robinson. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para el cambio de socios debe depositar de manera presencial:

 

Transferencia de acciones/cuotas sociales (modificación de accionistas):

  1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado con los anexos correspondientes.
  2. Copia del certificado de Registro Mercantil modificado (última actualización).
  3. Copia del contrato de compra y venta o cesión de las acciones o cuotas sociales registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  4. Copia del contrato de compra de las acciones o cuotas sociales, registrado en la Cámara de Comercio y Produccion donde los actuales vendedores adquirieron su participación societaria o Asamblea y Lista de Suscriptores cuando se trate de socios fundadores (aplica cuando realicen un cambio en la composición accionaria).
  5. Copia de la asamblea y nómina de presencia donde se aprueba la venta de acciones o cuotas sociales, registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
  6. Copia de la cédula de identidad y electoral, de ambos lados o copia del pasaporte de los accionistas (aplica en caso de extranjeros que no posean cédula de identidad y electoral) o copia del acta de nacimiento (aplica en los casos que figuren como accionistas menores de edad)
  7. Documentos constitutivos de cualquier sociedad extranjera que tenga participación accionaria (aplica en caso de que no estén registrados).
  8. Recibo de pago del impuesto sucesoral (aplica en caso de modificación de accionistas por sucesión).
  9. Pliego de modificaciones (aplica en caso de modificación de accionistas por sucesión).
  10. Copia de la resolución emitida por el órgano correspondiente, según sea el caso (Desarrollo Fronterizo, Turismo, Cadena Textil, Zonas Francas, Exportación, Zonas Francas Comerciales, DG-Cine, Energía Renovable, Proindustria) Aplica en caso de entidades acogidas a régimen especial de tributación.

Notas: Estos requisitos aplican para las sociedades extranjeras y si algún documento no se encuentra en idioma español, el mismo debe ser traducido y apostillado.

 

Con relación a la venta del terreno y los impuestos que incidirán en ambas partes es necesario que canalice su casodirectamente ante el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.