martes, 14 de abril de 2026

Cierre de Compañia

Hola.

Quiero cerrar una compañia que no tiene operando desde el 2022. A la fecha he realizado todas las declaraciones pendientes de ITBIS, y IR-2, etc.

En este año (2026) Se pretenden hacer el cierre. La pregunta es: ¿Se debe realizar algun pago por el cierre de una entidad?

Saludos 

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Jose. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que no se requiere un pago por el cierre de una empresa. No obstante, deberá efectuar el pago de los impuestos generados en las declaraciones finales que deberá presentar. Aunque no haya tenido operaciones, puede generar a pagar el impuesto correspondiente a la declaración de Activos y la contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos. 

 

Para más información acerca del proceso de disolución de una empresa, le invitamos a acceder a la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA401 ¿Qué necesito para solicitar la disolución o cese definitivo de Personas Jurídicas?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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Gracias, satisfecho.

saludos 

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