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CHEQUEZ ADMINITRATIVOS COMO GARANTIA DE DEUDA
Buenas tardes,
Me gustaría consultar si la DGII permite el uso de un cheque de garantía para cubrir provisionalmente una deuda.
Actualmente tengo una deuda por el Impuesto al Activo; sin embargo, entiendo que no me corresponde pagarla debido a que mi empresa está acogida a Confotur. Como necesito mantener mi estatus al día en la DGII mientras se realiza la revisión correspondiente, quisiera saber si es posible emitir un cheque de garantía con una fecha límite, de manera que:
La DGII conserve el cheque sin hacerlo efectivo.
Si finalmente procede la eliminación de los anticipos, el cheque sea devuelto a la empresa.
Y si, por el contrario, corresponde realizar el pago, la DGII pueda hacer uso del cheque.
Agradecería su orientación sobre si este procedimiento está permitido y cuál sería el proceso a seguir.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 10 días
Buenas tardes, Ruth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le recomendamos tratar este caso con el oficial de control que tenga asignado en la administración local a la que corresponde, el cual podrá evaluar su situación en particular y comprobar las opciones que le puedan ser concedidas para saldar su deuda.
Si desea consultar el directorio de nuestras administraciones locales, puede hacerlo a través del siguiente enlace de nuestra página web: Listado de administraciones locales.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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