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viernes, 8 de noviembre de 2024 21:03

Cerrado

CESIÓN DE CUOTAS SOCIALES A MENORES

Buenas tardes:

Si un padre cede sus cuotas sociales a hijos menores, obviamente sería donación. cuánto sería el impuesto a pagar y en que momento se pagaría?

Se pagaría cuando se deposite en la DGII, leugo de registrada en la Cámara de comercio?

Agradezco la respuesta aclaración

Solución oficial

Buenos días, Sonia. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para declarar una donación debe presentar en la Administración Local que le corresponde al donatario (beneficiario) los siguientes documentos:

 

Personas Físicas:

  1. Formulario de Declaración Jurada de Donaciones (SD-3) y sus anexos en original, llenado, firmado y notariado.
  2. Acta de donación notariada y legalizada por la Procuraduría General de la República.
  3. Copia de los títulos o matrículas de bienes muebles e inmuebles o carta de la compañía informando las acciones (en caso de donación de acciones).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del donante (aplica en caso de que el donante sea una Persona Física).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del donatario o beneficiario.
  6. Copia del acta de nacimiento del beneficiario (aplica en caso de que el donante y donatario tengan parentesco).
  7. Copia de acta de matrimonio (aplica en casos de donación entre esposos).

Nota:
El impuesto (27% del valor de la donación) debe ser pagado a más tardar treinta (30) días, contados a partir de la recepción de la notificación de pago del impuesto.

Personas Jurídicas:

  1. Formulario de Declaración Jurada de Donaciones (SD-3) y sus anexos en original, llenado, firmado, sellado y notariado.
  2. Acta de donación notariada y legalizada por la Procuraduría General de la República.
  3. Copia de los títulos o matrículas de bienes muebles e inmuebles o carta de la compañía informando las acciones (en caso de donación de acciones).
  4. Acta de asamblea donde se apruebe la donación.
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral,de ambos lados, del donatario o beneficiario.
  6. Carta de autorización a terceros timbrada, firmada y sellada (aplica en caso de que sea un apoderado o representante que realice la solicitud).
  7. Poder de representación emitido por la entidad extranjera que funge como donataria debidamente apostillado (aplica en caso de que sea un representante de la entidad extranjera).

Nota:
El impuesto (27% del valor de la donación) debe ser pagado a más tardar treinta (30) días, contados a partir de la recepción de la notificación de pago del impuesto.

Importante:

  • Las donaciones se deben declarar dentro de los 30 días hábiles después de haber elaborado el acto de donación.
  • Las donaciones exentas deben ser declaradas en el SD-3 para fines de control tributario.
  • Estos requisitos también aplican para las donaciones en efectivo.
  • Los actos de donaciones, independientemente de las partes, pueden ser realizados bajo firma privada o mediante acto auténtico/compulsa notarial

Tiempo de Respuesta: 45 días laborables.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.