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viernes, 17 de abril de 2026

Cese de operaciones

¿Cuáles son los pasos para marcar un cese temporal de operaciones?

Durante el mismo ¿pueden procesarse declaraciones pasadas?

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Solución oficial

Buenos días, Paola. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el cese temporal es cuando un contribuyente, ya sea una persona física, jurídica o ISFL, decide suspender sus actividades por un tiempo determinado, el cual no podrá ser mayor a tres (3) años. Para solicitar el cese de sus operaciones debe agotar el procedimiento indicado en el siguiente enlace: https://cutt.ly/gtHaY41y

 

Respecto a la pregunta de si abarcaría a las declaraciones pasadas, le confirmamos que, puede solicitar un cese de operaciones de manera retroactiva, siempre y cuando no tenga reporte de terceros.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.