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CESE DE OPERACIONES TEMPORALES
Buenas tardes. Mentras una empresa esta acogida al Cese Temporal de sus Operaciones, de todas formas debe pagar los Impuestos de Activos y la Contribucion a los Residuos Solidos?
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Buenas tardes. Mentras una empresa esta acogida al Cese Temporal de sus Operaciones, de todas formas debe pagar los Impuestos de Activos y la Contribucion a los Residuos Solidos?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 años
Buenas tardes, Mayra. Gracias por contactarnos.
Después de aprobado el cese debe seguir presentando la Declaración Jurada del Impuesto Sobre la Renta (ISR) o ISFL anualmente de manera informativa y continuar pagando el Impuesto Sobre los Activos, según corresponda.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 325; Norma General 06-18, Art. 9; Norma General 04-21, Art. 25.
En cuanto a la obligación de pagar la contribución especial para la gestión integral de residuos sólidos cuando la entidad se encuentre en Cese Temporal debe solicitar una consulta técnica, a fin de verificar su caso puntual y determinar si aplica pagar esta contribución.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61210geJXr)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/61211geJXT
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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