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CERTIFICACION DE INGRESOS (persona fisica que labora de manera Independiente)
Un cliente que labora de manera independiente, está solicitando un visado, y el consulado le está requiriendo una “Certificación” de Ingresos elaborado por un Contador Público Autorizado y posteriormente dicha “Certificación” debe ser legalizada por ante la procuraduría de la República y Apostillada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
¿Cómo Contador Público Autorizado estamos facultados para emitir este tipo de Certificación y poder hacer el proceso de Legalización?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.8K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Joan. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, acorde a lo establecido en el Art. 5 de la Ley 633 sobre Contadores Públicos Autorizados y la Escuela de Peritos contables lo que certifica un CPA son los Estados Financieros previa verificación de balances, cuentas y resultados obtenidos, aplicación de beneficios y reparto de dividendos, análisis de la liquidación de presupuestos de ingresos y gastos de Personas Físicas y Jurídicas. En caso de requerir una Declaración Jurada de Ingresos esta debe ser elaborada y notarizada por un Notario Público.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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