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Certificación por retención ISR sustentando en convenio internacional con España
He realizado una retención del ISR (10%) a un proveedor con residencia fiscal en España por la prestación de sus servicios. La retención se aplicó con base al articulo 13 numeral 2 del convenio existente entre RD y España . El proveedor me pide que le entregue una certificación del impuesto retenido para presentar ante la autoridad fiscal de España. He solicitado una certificación de Remesas (Pagos) al Exterior FI-ADML-007 a la Administración Local correspondiente, pero nos informan que no aplica dicha certificación porque el impuesto aplicable debe ser del 27% y no del 10%. Existe una certificación que aplique por convenios internacionales?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Irving. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su inquietud, le indicamos que, para obtener una información puntual a su pregunta, deberá realizar una consulta técnica en esta Dirección General; para la misma deberá depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Tiempo de respuesta: 22 días laborables.
Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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JAMES GARCIA
1 Mensaje
hace 1 mes
Hola !
Espero estén muy bien!
Nuestra empresa contrato una compañía de Italia para hacer una filmación por 1 semana.
Nos presentaron una factura por US$ 5,000
Les dijimos que debemos retenerles por ley un 27% y nos dijeron que debemos presentarles un Certificado de Retención de dicho Impuesto.
Ese es un Certificado que emite la DGII o como lo debemos manejar para cumplir con el requerimiento que les hacen en su pais ?
Muchas gracias !
Saludos,
James García
Director Administrativo
Top Ten Events, SRL
RNC # 131196446
Celular: (809) 543-5097
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