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martes, 22 de abril de 2025 12:38

Cerrado

Certificación de inmueble persona jurídica

Buenos días

Me gustaría saber si puedo solicitar una certificación de inmueble de una sociedad comercial de manera presencial en la administración, y cuáles son los requisitos?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días, Miguel. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar una certificación de inmuebles, de manera presencialdepositando en el área de información de cualquier Administración Local o en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Certificaciones (FI-ADML-007) llenado, firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado).
  2. Copia de título del inmueble.
  3. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del propietario del inmueble o pasaporte si es extranjero (aplica en caso de que el contribuyente sea una Persona Física).
  4. Carta de autorización que contenga las generales del contribuyente/comprador/acreedor hipotecario y su representante firmada por ambos (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de que sea un representante, comprador o acreedor que realice la solicitud).
  6. Copia del acto hipotecario, sentencia o acto notarial que origina la deuda sobre el inmueble (aplica en caso de que el solicitante sea un acreedor hipotecario).
  7. Copia del acto de venta o acto traslativo de propiedad (aplica en caso de que el solicitante sea un comprador).

Tiempo de respuesta:

Oficina Virtual: Inmediato.

Presencial:

  • Con firma digital: Inmediato.
  • Manual: 5 días laborables.
  • Para fines consulares: 10 días laborables.

Costo del servicio:
RD$300.00.

Lugar y Forma de pago:

  • Tarjeta de débito o crédito por la Oficina Virtual (OFV).
  • Efectivo o cheque certificado o de administración en las Unidades de Caja de la DGII.

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas tenedoras de inmuebles.

Cuando solicitar:
Según necesidad.

Importante:

  • Los poderes de autorización son opcionales, en caso de aportarse el mismo debe estar notarizado y legalizado por la Procuraduría.
  • No se emitirá la certificación de IPI a los inmuebles con descargo.
  • Las certificaciones de inmuebles con oposición no pueden ser emitidas a través de la Oficina Virtual, en estos casos, debe dirigirse a la Administración Local para ser informado sobre la condición del inmueble.
  • Para solicitudes de más de una certificación de un mismo inmueble se podrá completar un solo formulario.
  • La copia del título del inmueble debe indicar el número de matrícula o número de inmueble.
  • El recibo de cobro por servicios debe hacer referencia al número de matrícula o número de inmueble.
  • Las certificaciones de inmuebles (IPI) tienen una vigencia de 120 días calendarios.
  • Las certificaciones para fines consulares, deben ser solicitadas de manera física.
  • El cobro por servicio solo será requerido si la certificación va a ser emitida.
  • Si al momento de solicitar la certificación de IPI por la Oficina Virtual presenta una alerta (Inmueble no ha sido declarado para este periodo) debe pasar por el área de tasación de cualquier administración local a realizar la declaración inmobiliaria del periodo.
  • En caso de que tenga inconvenientes para solicitar la certificación de IPI por la OFV el contribuyente debe dirigirse a la Administración Local para ser informado sobre la condición del inmueble.
  • La Administración Local Bávaro está autorizada para emitir certificaciones de IPI para Personas Jurídicas Grandes Contribuyentes.
  • A partir del 14 de septiembre de 2020 las certificaciones de inmuebles de los contribuyentes categorizados como Grandes deben ser solicitadas exclusivamente a través de la Oficina Virtual. La Gerencia de Grandes Contribuyentes solo estará recibiendo solicitudes físicas de aquellas certificaciones que no puedan ser emitidas virtualmente, para lo cual el contribuyente debe anexar la captura de pantalla del impedimento al momento de realizar la solicitud.
  • Las certificaciones de inmuebles validan, datos generales del inmueble (No. De inmueble, dirección, metraje, certificado de título, No. de matrícula, valor del inmueble) y los datos del propietario.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.