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miércoles, 15 de noviembre de 2023 17:27

Cerrado

CEDULA 881-828307-2 / Pasaporte 168147371

Buenas tardes, 

Mi nombre Jesus Hoyos con N° Pasaporte 168147371 (venezolano) - trabajo en relacion de dependencia y en RRHH me informan que mi numero de cedula asignado es 881-8268307-2. 

Tengo un vehiculo a mi nombre en el cual tengo como RNC: 5-34-24936-4 y Placa/Matricula: A456102, 

Estoy como empleado o relación de dependencia, quiero conocer mas acerca de los aportes realizados por mi empresa y bajo que numero de documento queda vinculado, 

Quedo atento a sus buenos oficios agradeciendo de antemano, 

Saludos,

Solución oficial

Buenas tardes, Jesus. Gracias por contactarnos.

 

Le informamos que el RNC con el cual se encuentra registrado en esta Dirección General es 534249364, le recomendamos a ponerse en contacto con su empleador, a fin de validar a que corresponde este número 881-8268307-2.

 

Le informamos que, si requiere información de terceros, debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana los siguientes documentos:

 

1.    Formulario Solicitud Información de Terceros (FI-GLEGA-005) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

2.    Poder de autorización notariado y legalizado o Sentencia (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud).

3.    Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar la solicitud (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).

4.    Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente (aplica en caso de Personas Físicas).

 

Tiempo de respuesta: 22 días laborables.

 

Importante:

• No se exige poder cuando el solicitante requiere la información en base a una ley que permite que la DGII pueda suministrar la información solicitada (Ej.: Ministerio Público, DNCD, Banco Central, etc.). Para los casos dictaminados por órganos jurisdiccionales, se debe presentar una sentencia, auto u ordenanza.
• Cuando el consultante sea una persona jurídica del exterior que no cuente con un establecimiento permanente o representante autorizado en el país, podrá realizar su solicitud a través de un representante en territorio dominicano, para lo cual deberá suministrar un poder de representación emitido por la empresa extranjera consultante, debidamente apostillado, en virtud del Convenio de la Haya de fecha 5 de octubre de 1961.

Las informaciones que la Administración Tributaria obtiene de los contribuyentes, responsables y terceros tienen carácter reservado y solo podrán ser utilizadas para los fines propios de dicha administración y en los casos que autorice la ley. No obstante, cuando un contribuyente ha pagado los impuestos establecidos en el Código Tributario, tiene derecho a solicitar y recibir de la Administración Tributaria, la información sobre el valor de cada uno de los impuestos pagados por los demás contribuyentes que participan en el mismo mercado o actividad económica.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.