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Carnet de exención de Itbis zona franca
Hola!
¿Tiene una empresa alguna sanción o penalidad si ya su carnet de exención está vencido pero sus proveedores le siguen emitiendo las facturas sin itbis ? Por otra parte, ¿Tiene el proveedor alguna penalidad ?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
17.1K Mensajes
hace 11 meses
Buenas tardes, Damarline. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, en caso de que la Zona Franca adquiera bienes y/o servicios sin exención, su proveedor deberá emitir un Número de Comprobante Fiscal de Crédito Fiscal (NCF del Tipo B01) transparentando el ITBIS, a fines de reportarlo a través de los Formatos de Envíos y Declaraciones dispuestos en la legislación fiscal vigente.
Esta Dirección General impugnará, a los fines de ITBIS, toda venta libre de este impuesto que se haya facturado sin considerar el carné de exención. Asimismo, la no presentación o la aportación de datos falsos, manifiestamente incompletos, uso irregular del carnet o constituye una violación a los deberes formales y las partes actuantes serían pasible de hasta el triple de las sanciones y multas descritas en el Art. 257 del Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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