1 Mensaje
Caram Ibarra & Asociados
La familia Ibarra posee las 5 empresas:
Juan Alejandro Ibarra y Sucesores, RNC:1-01-82934-6
Negocios en General, RNC: 1-01-00493-2
Nueva Caja de Préstamos C por A, RNC: 1-01-00705-2
Solares y Huertos, C por A, RNC: 1-01-01052-5
Compañía Anónima La Fe, C por A, RNC: 1-01-00136-4 (APARECE DADA DE BAJA).
En un incendio ocurrido a mediados de los años 80, todos los documentos corporativos se perdieron. Luego de múltiples intentos individuales y fallidos, la familia Ibarra contrató el 15 de octubre de 2003 a la empresa Caram Ibarra & Asociados para rescatar los activos propiedad de la familia. A la fecha, se ha logrado transformar y activar la Juan Alejandro Ibarra y sucesores luego de un esfuerzo titánico. En vista del tiempo transcurrido y conscientes de que las 4 corporaciones pendientes fueron constituidas por la familia, tenemos a bien consultarles los pasos para la fusión de todas las empresas restantes en la Juan Alejandro Ibarra.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
16K Mensajes
hace 1 año
Buenas tardes, Mónica. Gracias por contactarnos.
Le informamos que, para solicitar una fusión o escisión entre compañías debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda:
a) Reorganizaciones por Fusión y Escisión:
b) Reorganización por Ventas y Transferencias entre empresas de un mismo conjunto económico:
Nota: Las empresas deben estar reconocidas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) como un conjunto económico, conforme el Decreto 408-10.
Tiempo de respuesta: 45 días laborables.
Consideraciones Importantes:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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