1 Mensaje
Caram Ibarra & Asociados
La familia Ibarra posee las 5 empresas:
Juan Alejandro Ibarra y Sucesores, RNC:1-01-82934-6
Negocios en General, RNC: 1-01-00493-2
Nueva Caja de Préstamos C por A, RNC: 1-01-00705-2
Solares y Huertos, C por A, RNC: 1-01-01052-5
Compañía Anónima La Fe, C por A, RNC: 1-01-00136-4 (APARECE DADA DE BAJA).
En un incendio ocurrido a mediados de los años 80, todos los documentos corporativos se perdieron. Luego de múltiples intentos individuales y fallidos, la familia Ibarra contrató el 15 de octubre de 2003 a la empresa Caram Ibarra & Asociados para rescatar los activos propiedad de la familia. A la fecha, se ha logrado transformar y activar la Juan Alejandro Ibarra y sucesores luego de un esfuerzo titánico. En vista del tiempo transcurrido y conscientes de que las 4 corporaciones pendientes fueron constituidas por la familia, tenemos a bien consultarles los pasos para la fusión de todas las empresas restantes en la Juan Alejandro Ibarra.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
21.1K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Mónica. Gracias por contactarnos.
Le informamos que, para solicitar una fusión o escisión entre compañías debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda:
a) Reorganizaciones por Fusión y Escisión:
b) Reorganización por Ventas y Transferencias entre empresas de un mismo conjunto económico:
Nota: Las empresas deben estar reconocidas por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) como un conjunto económico, conforme el Decreto 408-10.
Tiempo de respuesta: 45 días laborables.
Consideraciones Importantes:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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