Buenas tardes, esta Direccion General no interviene en el uso que el contribuyente defina para el capital social. Es un proceso interno del contribuyente.
En otro orden, le indicamos que, el Impuesto de Constitución de Compañías es el 1% del capital autorizado para las sociedades que aplique, el cual nunca será menor de RD$1,000.00.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Monto del capital social debe estar depositado en una cuenta bancaria para esos fines, y el banco debe dar una certificación de que ese dinero está disponible para tales fines...
Solución oficial
Patricia Suriel
1.4K Mensajes
hace 6 años
En otro orden, le indicamos que, el Impuesto de Constitución de Compañías es el 1% del capital autorizado para las sociedades que aplique, el cual nunca será menor de RD$1,000.00.
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Euclides Angeles Nina
181 Mensajes
hace 6 años
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