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Cancelación Nota de débito
Hola buen día, me podrían ayudar indicando cómo se cancela la nota de débito electrónica. En el mes de marzo emití una nota de débito electrónica en referencia a una factura emitida el año pasado, pero ahora necesito cancelar la nota de débito.
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 2 meses
Buenas tardes, Angela. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para corregir o anular un comprobante electrónico (e-CF) debe emitir una nota de crédito o débito electrónica, según aplique, o utilizar el servicio web de anulación, según corresponda.
• El servicio web de anulación solo podrá ser utilizado en los casos en que el e-CF haya sido emitido y firmado, pero aún no se haya enviado a la DGII. Una vez enviado a DGII , deberá anularse mediante la emisión de una nota de crédito electrónica (E34).
• Este procedimiento también aplica para la anulación de e-CF autogenerados (compras, gastos menores y pagos por servicios al exterior).
• Las notas de débitos/créditos solo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
• Los comprobantes fiscales electrónicos (serie E) no pueden ser modificados por un comprobante (nota de crédito/débito) serie B.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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