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lunes, 3 de noviembre de 2025

Cerrado

CAMBIO DEL METODO DE VALORACION DE INVENTARIO Y TIEMPO DE RESPUESTA

Buenas tardes,

Tengo dos consultas :  1) Necesito saber cual es el procedimiento para el cambio de método de valoración de inventario y el tiempo de respuesta.

2) Una empresa de servicios que va ha iniciar sus operaciones y ve favorable utilizar otro método de valoración de inventario diferente al UEPS; Cuál sería el proceso y el tiempo de respuesta.

Agradezco sus atenciones.

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Solución oficial

Buenos días, Olga. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar un cambio del método de valorización de inventario debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, el siguiente documento:

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Copia de los estados financieros auditados del último ejercicio fiscal.
  3. Relación de cuentas por cobrar por antigüedad de saldo correspondiente al año corriente.
  4. Facturación de ventas de los últimos 3 meses.
  5. Movimiento de las cuentas inventarios, costos de ventas, cuentas por cobrar e ingresos de los últimos 3 meses del año corriente.

Tiempo de respuesta: 10 días laborables.

Costo del servicio:
N/A.

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas.

Cuando solicitar: según necesidad.

Importante:

  • Es el procedimiento mediante el cual los contribuyentes solicitan autorización para utilizar otro método de valuación del inventario distinto al establecido en el Código Tributario.
  • La Administración Tributaria puede autorizar la utilización de otros métodos de valuación distinto al expresado en el art. 303 del Código Tributario, siempre que estén acordes con las modalidades del negocio y no ofrezcan dificultades para la fiscalización. El método aprobado no podrá ser cambiado sin una nueva y expresa autorización de la Administración, a partir de la fecha que ésta fije.


Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.


Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.