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Cambiar los datos del representante
Los datos del representante de la compañía están incorrectos.
Qué debo de hacer para poder cambiarlos para que estén correctos?
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Los datos del representante de la compañía están incorrectos.
Qué debo de hacer para poder cambiarlos para que estén correctos?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 año
Buenas tardes, Alfredo. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, las personas jurídicas lucrativas pueden solicitar la modificación o actualización de su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), a través de las siguientes vías:
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
A partir del 08 de abril del 2022 se implementaron las siguientes secciones al formulario de actualización al RNC:
*Tipo societario: para solicitar transformación en la sección “Datos Societarios”).
*Capital: aumentar o disminuir el capital.
*Accionistas/socios/propietarios o partes: para modificar, eliminar o agregar accionistas y beneficiarios finales.
*Consejo de administración: para modificar, eliminar o agregar miembros en el consejo de administración.
En caso de que el contribuyente desee acogerse a un régimen especial o realizar algún otro cambio; deberá seleccionar la opción ¿Desea realizar otras Actualizaciones?; adjuntar los documentos que sustenten la actualización correspondiente acompañados del formulario RC-02. Todos los documentos deben estar escaneados en un solo archivo (en formato, pdf preferiblemente) y deben ser cargados en la opción “Adjuntar otros documentos”.
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según sea el caso:
Datos básicos (teléfono, correo electrónico, domicilio fiscal que no modifica la jurisdicción del contribuyente, nombre comercial, cambio de actividad económica y cambio de representante):
En caso de que el representante legal de una empresa solicite la desvinculación de su correo electrónico de los datos básicos de la entidad a la que perteneció, debe depositar una comunicación indicando lo requerido y anexar una constancia de que ya no forma parte de la entidad (carta de renuncia, acta de asamblea, Registro Mercantil, entre otros).
Aumento de capital por aporte en naturaleza:
Nota: La certificación de no objeción por aporte en naturaleza es emitida de manera automática cuando se solicita el aumento de capital bajo este concepto.
Aumento de capital por aporte numerario.
Aumento de capital (aporte en naturaleza o numerario) de Consorcios
Notas: Estos requisitos aplican para las solicitudes de aumento de capital por capitalización de deuda y capitalización de beneficios. Ya en los requisitos se establece.
Los aumentos de capital (por aporte en numerario o en naturaleza) pagan el impuesto del 1% sobre el monto incrementado. Este pago debe efectuarse antes de realizar la solicitud y el número de recibo del pago realizado se debe especificar en el formulario RC-02.
En el caso de las EIRL y compañías extranjeras, el aumento de capital no conlleva el pago de impuestos ante la DGII.
Las sociedades o empresas pertenecientes al régimen especial de zonas francas deben presentar la autorización emitida por el Ministerio de Hacienda que los exime de realizar el pago por concepto de aumento de capital, de lo contrario se le dará el mismo tratamiento que a las demás sociedades.
Nota: La disminución del capital social autorizado no se encuentra sujeto al pago de impuesto.
Transferencia de acciones/cuotas sociales (modificación de accionistas):
Notas: Estos requisitos aplican para las sociedades extranjeras y si algún documento no se encuentra en idioma español, el mismo debe ser traducido y apostillado.
En los casos de que se trate de venta o cesión de acciones entre familiares directos, deberá agregar documentos que comprueben la solvencia económica del comprador y la constancia del pago (una transferencia, cheque o comprobante de pago).
Cambio de fecha de cierre del ejercicio fiscal:
Nota: El cambio de fecha de cierre debe solicitarse con treinta (30) días de anterioridad a la fecha de cierre registrada.
Notas: La notificación sobre el cambio de domicilio debe hacerse dentro de los diez (10) días posteriores a la fecha en que se realicen estos cambios.
Al momento de realizar el cambio de domicilio, se realiza el cambio de Administración Local, si aplica. La fecha de efectividad de dicho cambio es informada al contribuyente al momento de solicitar la modificación del domicilio.
Para una sociedad extranjera registrar su domicilio fiscal, el representante de dicha empresa que resida en este país debe solicitar con anterioridad dicho registro en la Cámara de Comercio (de acuerdo con la provincia que corresponda) a los fines de fijar el registro del domicilio.
En los casos de Personas Jurídicas que realicen cambios de domicilio y no posean servicios o contratos a nombre de la entidad (contrato de alquiler notarizado, contrato de servicio telefónico, contrato de electricidad), podrá depositar los mismos a nombre de uno de los socios.
Nota:Los estados financieros o balance especial deben ser emitidos a la fecha de la transformación.
Cambio del régimen especial al ordinario:
Transferencia de una EIRL a una persona física:
Datos básicos en el RNC de Sociedades Fiduciarias:
Modificación de actividad económica a Sociedad Fiduciaria:
Inscripción y/o modificación del Gestor Fiduciario:
Cambio de actividad económica o agregar una segunda de un consorcio:
Nota: en caso de depositar una reintroducción de expediente, se reinicia el tiempo de compromiso de la solicitud.
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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