1 Mensaje
CALL CENTER
Buenas tardes,
Si un call center con sede principal en otro pais, pero los ingresos en la empresa constituida aquí en el pais tambien proceden del exterior, esa factura por venta de servicios es grabada por el itbis o algun otro impuesto de telecomunicaciones?
| 642022 | CENTROS DE TELECOMUNICACIONES | 000 |
| 642030 | SERVICIOS DE TELEMARKETING Y/O PROFESIONAL MERCADEO | 000 |
| 743001 | SERVICIOS DE PUBLICIDAD |


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
26.3K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Patricia. Gracias por contactarnos.
Se encuentran gravados con el 10% del ISC los siguientes servicios de telecomunicaciones:
· Servicios de transmisión de voz.
· Imágenes.
· Materiales escritos e impresos.
· Símbolos o sonidos por medios telefónicos, telegráficos, cablegráficos, radiofónicos, inalámbricos, vía satélite, cable submarino.
· Televisión por cable o cualquier otro medio que no sea transporte vehiculas, aéreo o terrestre.
Importante:
Siempre que estos servicios sean prestados en el mercado local se debe aplicar el ISC aunque la facturación sea realizada entre dos prestadoras de servicios de telecomunicación.
Base Legal: Ley 11-92 Art. 381 (modificado por la ley 253-12 Art. 21).
A fin de conocer los servicios se encuentran exentos del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) le exhortamos a ingresar al siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61215gb4lL
Para más detalles, le exhortamos a canalizarlo con su oficial de cuentas en la administración local que le corresponde, a fin de que este pueda realizar las verificaciones de lugar y brindarle la asistencia requerida.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/61216gb4l0
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0