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Calificación de empresa
Tengo una empresa pequeña con 10 empleados. Y a penas se generan cerca de 3-5 millones al año (es una SRL creada nov. 2024) la pagina de la DGII dice que es una mediana empresa pero la misma califica a pequeña o micro. Como hago para que me cambien eso? Puedo enviar un email a la DGII para una revisión? Porque el facturados electrónico no debería tocarme aún. O obtener una mejor orientación en esta área.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 4 meses
Buenas tardes, Maria. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, la clasificación, así como la actualización de la clasificación del tipo de contribuyente (grande local o grande nacional) es realizada internamente por la Gerencia de Estudios Económicos y Tributarios tomando en consideración los criterios establecidos en la Política de Identificación y Selección de Contribuyentes Grandes Locales y Grandes Nacionales (POL-DEET-002).
Este proceso se ejecuta de manera simultánea para todas las Administraciones Locales cada dos años o a solicitud de las autoridades.
Importante:
Esta clasificación no está relacionada con la clasificación empresarial de micro, pequeña, mediana (MIPYMES) o grande que realiza el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM) de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley 187-17, así como en el artículo 2, numeral 16 de la Ley 37-17.
Con relación a facturación electrónica puede consultar su obligatoriedad haciendo clic en el siguiente enlace:
https://dgii.gov.do/cicloContribuyente/facturacion/comprobantesFiscalesElectronicosE-CF/Paginas/Listados-contribuyentes-obligados-implementar-facturacion-electronica.aspx
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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