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Calendario de Implementación de Facturación Electrónica
Buen dia,
Somos zona franca, cuando es la fecha que debemos acogernos a la facturación electronica, ya que no hemos salido en el listado?
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Buen dia,
Somos zona franca, cuando es la fecha que debemos acogernos a la facturación electronica, ya que no hemos salido en el listado?
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Zuleika. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que, la facturación electrónica en República Dominicana es obligatoria a partir de la entrada en vigencia de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica de la República Dominicana.
Los contribuyentes deberán implementar sistemas de facturación electrónica conforme el siguiente calendario:
Contribuyentes Grandes Nacionales: a más tardar doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la ley.
Contribuyentes Grandes Locales y Medianos: a más tardar veinticuatro (24) meses contados a partir de la vigencia de la entrada en vigencia de ley.
Pequeños, Micro y no clasificados: a más tardar treinta y seis (36) meses contados a partir de la vigencia de la ley, es decir, la fecha límite es hasta el 15 de mayo 2026.
https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2023/16-23.pdf
Importante:
Los contribuyentes pueden empezar a implementar la facturación electrónica sin tener que esperar el tiempo calendario para la implementación.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
http://ms.spr.ly/61212jZw9Y
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