Buenos días Keyla, te informamos que el bono y cualquier otra remuneración en efectivo pagada al empleado debe sumarse al salario y la retención del ISR debe hacerse en base al total percibido por dicho empleado en el mes correspondiente, tomando en cuenta la escala salarial vigente.
Los únicos ingresos que se encuentran exentos de ISR es de las prestaciones laborales solamente el Preaviso y Cesantía y el Salario de Navidad hasta la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario.
Para más detalles puedes contactar con el área de Fiscalización de la Administración Local que te corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
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YB
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Los únicos ingresos que se encuentran exentos de ISR es de las prestaciones laborales solamente el Preaviso y Cesantía y el Salario de Navidad hasta la duodécima parte del salario ordinario devengado por el trabajador en el año calendario.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 299; Reglamento 139-98, Art.65, Art. 48.
Para más detalles puedes contactar con el área de Fiscalización de la Administración Local que te corresponde, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local perteneces, puedes comunicarte a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
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Miguelangel Ferreira Ulloa
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