JE

lunes, 27 de marzo de 2023 19:03

Cerrado

Calculo de la diferencia cambiaria

De acuerdo con el Art 293, sobre las diferencias cambiarias, el mismo hace mención a empresas no así a personas físicas, de todos modos tengo la duda de si a una PF se le calcula diferencia cambiaria, se le calcula o no?

Solución oficial

Buenas tardes, Joel. Gracias por contactarnos.

 

Sí, se le calcula sobre las obligaciones que posea en moneda extranjera y se considerarán como renta imputable a los fines del impuesto o como gastos deducibles del negocio según fuere el caso.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61218g6f04)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61211g6f07


Es un placer servirle. 

 

 

hace 2 meses

Muchas gracias

Gracias a usted por utilizar nuestra Comunidad de Ayuda.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61210gBXd0)

 

¡Es un placer servirle!