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jueves, 10 de abril de 2025 16:54

Cerrado

Calculadora constitución de empresa

Hola, estoy en proceso de formalizar una empresa como SRL y necesito realizar el pago del 1% del capital social a la DGII.

Estoy intentando hacerlo a través de la calculadora de constitución de compañías, pero al ingresar mi cédula para generar la autorización de pago, el sistema muestra el siguiente mensaje:

“El contribuyente no fue encontrado. Favor verificar.”

Entiendo que esto puede deberse a que todavía no tengo un RNC ni estoy registrado como contribuyente, ya que precisamente estoy tratando de formalizar mi empresa desde cero.

Sin embargo, he intentado el proceso con otras dos cédulas diferentes para tratar de generar esa autorización de Pago de impuesto de la DGII y el error es exactamente el mismo.

Esto me impide avanzar con el proceso de formalización.

Según tengo entendido este proceso es gratis y cualquiera puede hacerlo sin necesidad de estar registrado en algún sitio.

¿Cómo se puede resolver este problema de manera online?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Edgar. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, su cédula debe estar registrada en esta DGII, sin embargo, si aún no se ha registrado, le recomendamos registrarse, ya sea como asalariado o socio, la otra opción seria que una persona que esté registrada genere la autorización de pago, esto no le implicaría nada debido a que cuando lo registren en Cámara de Comercio, el número de la autorización se asociara a la empresa que registren y no a quien lo solicito.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Luego de haber transcurrido 24 horas sin recibir la información, cerraremos la pregunta, en caso de aún requerir la asistencia por favor crear una nueva.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.