martes, 12 de diciembre de 2023

Cerrado

busqueda de inmuebles por nombre

Saludos, quiero hacer una pregunta, mi abuela murió y tenia unos terrenos en el pueblo de la victoria pero no sabemos exactamente donde es ni tenemos el titulo a mano, por lo que quisiera saber se puede hacer una búsqueda con su nombre, para ver todas las propiedades y o terrenos que tenia a su nombre ?

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Solución oficial

Buenas tardes, Harly. Gracias por contactarnos.

 

Para solicitar información sobre los bienes muebles e inmuebles de un contribuyente, cuando la solicitud sea realizada por un heredero a fin de conocer los bienes muebles e inmuebles que posee un finado y presentar la Declaración Sucesoral, de manera adicional debe aportar los documentos que demuestren la filiación o calidad del solicitante conforme a las disposiciones de los artículos 320, 321, 323, 324, 728 del Código Civil Dominicano, tales como: acta de nacimiento, acta de defunción, acta de matrimonio, entre otros.

 

Debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de las Administraciones Locales, los siguientes documentos: 

 

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. Poder de autorización notariado y legalizado o Sentencia (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del representante (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero y el contribuyente sea una Persona Física).

Tiempo de respuesta: 22 días laborables.

 

Importante:
• No se exige poder cuando el solicitante requiere la información en base a una ley que permite que la DGII pueda suministrar la información solicitada (Ej.: Ministerio Público, DNCD, Banco Central, etc.). Para los casos dictaminados por órganos jurisdiccionales, se debe presentar una sentencia, auto u ordenanza.

 

Base Legal: Ley 11-92, Artículo 47.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.

(Editado)

Saludos, me es muy útil su respuesta, mas sin embargo si se fija bien en la descripción de mi pregunta en el primer texto, dice claramente que no tenemos a mano los títulos de los inmuebles a su nombre y eso es lo que da pie a mi pregunta de como saber que inmuebles están a su nombre, por que no tenemos los títulos a mano, agradecería que me de alguna alternativa que no incluya la posesión de los mismos, espero su respuesta muchas gracias.

@Comunidad de Ayuda DGII​ 

Saludos, me es muy útil su respuesta, mas sin embargo si se fija bien en la descripción de mi pregunta en el primer texto, dice claramente que no tenemos a mano los títulos de los inmuebles a su nombre y eso es lo que da pie a mi pregunta de como saber que inmuebles están a su nombre, por que no tenemos los títulos a mano, agradecería que me de alguna alternativa que no incluya la posesión de los mismos, espero su respuesta muchas gracias.

Buenas tardes, Harly. Gracias por contactarnos.

 

Para solicitar información sobre los bienes muebles e inmuebles de un contribuyente, cuando la solicitud sea realizada por un heredero a fin de conocer los bienes muebles e inmuebles que posee un finado y presentar la Declaración Sucesoral, de manera adicional debe aportar los documentos que demuestren la filiación o calidad del solicitante conforme a las disposiciones de los artículos 320, 321, 323, 324, 728 del Código Civil Dominicano, tales como: acta de nacimiento, acta de defunción, acta de matrimonio, entre otros.

 

Debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de las Administraciones Locales, los siguientes documentos: 

 

  1. Carta de solicitud firmada (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente (aplica en caso de Personas Físicas).
  3. Poder de autorización notariado y legalizado o Sentencia (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud).
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del representante (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero y el contribuyente sea una Persona Física).

Tiempo de respuesta: 22 días laborables.

 

Importante:
• No se exige poder cuando el solicitante requiere la información en base a una ley que permite que la DGII pueda suministrar la información solicitada (Ej.: Ministerio Público, DNCD, Banco Central, etc.). Para los casos dictaminados por órganos jurisdiccionales, se debe presentar una sentencia, auto u ordenanza.

 

Base Legal: Ley 11-92, Artículo 47.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

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