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viernes, 24 de noviembre de 2023 14:37

Cerrado

Buenos dias

Buenos días estoy vendiendo unos artículos promocionales a una empresa en el exterior los cuales voy a enviar a traves de una naviera.

Debo cobrarle itbis a este cliente ya que son bienes a exportar?

Solución oficial

Buenos días, Elizabeth. Gracias por contactarnos.

 

No, ya que los bienes que se exporten se encuentran gravados con tasa cero del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) al momento de realizar la exportación.

 

Consideraciones Importantes:           

Los bienes adquiridos en el mercado local con la finalidad de exportar se deben facturar con ITBIS (si los bienes se encuentran gravados) aunque al momento de la exportación sean gravados con tasa cero.

 

Los exportadores que reflejen créditos por ITBIS adelantados tienen derecho a solicitar reembolso o compensación de éstos dentro de un plazo de seis (6) meses.

 

Base Legal: Ley 11-92, Arts. 342 y 350.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.