Buenos días, Alexandra. Puedes solicitar la incorporación al RNC a través de las siguientes vías:
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
1. Ingresa a la Oficina Virtual DGII. 2. En el menú Inscripción, selecciona la opción Personas Jurídicas. 3. Completa el formulario que te aparecerá en la pantalla y presiona el botón Enviar documento.
Para solicitar la incorporación (inscripción) al RNC como Persona Jurídica a través de nuestro portal, los representantes deben estar previamente registrados como Personas Físicas, a fin de que el sistema reconozca los números de cédulas de los mismos.
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, atendiendo al tipo de sociedad:
1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado (no obligatorio), con los anexos correspondientes. 2. Copia de ambos lados de la Cédula de Identidad y Electoral de los miembros o copia del Pasaporte (en caso de extranjeros que no posean Cédula de Identidad y Electoral). 3. Copia de la resolución emitida por el Tribunal Superior de Tierras para la autorización de condominios de acuerdo a la antigua ley 1542 sobre tierra, de fecha 11/10/1947 (aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia atrás). 4. Copia de la resolución emitida por la Dirección General de Mensura Catastral, para los condominios constituidos a partir de la ley 108-05 sobre registro inmobiliario (aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia adelante).
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Nota: Recordamos que para asegurar una mejor experiencia en nuestra Comunidad de Ayuda, de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las preguntas realizadas deben marcarse con la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Buenos días. Puedes solicitar la incorporación al RNC a través de las siguientes vías:
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
1. Ingresa a la Oficina Virtual DGII. 2. En el menú Inscripción, selecciona la opción Personas Jurídicas. 3. Completa el formulario que te aparecerá en la pantalla y presiona el botón Enviar documento.
Para
solicitar la incorporación (inscripción) al RNC como Persona Jurídica a
través de nuestro portal, los representantes deben estar previamente
registrados como Personas Físicas, a fin de que el sistema reconozca los
números de cédulas de los mismos.
Nota: Al momento de
introducción el numero de la autorización de pago el contribuyente
deberá de quitarle el último número a la autorización de pago para que
el sistema la pueda asumir.
De manera presencial,
depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede
central o en el área de información de la Administración Local más
cercana, los siguientes documentos, atendiendo al tipo de sociedad:
1.
Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de
Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado (no obligatorio),
con los anexos correspondientes. 2. Copia de ambos lados de la
Cédula de Identidad y Electoral de los miembros o copia del Pasaporte
(en caso de extranjeros que no posean Cédula de Identidad y Electoral). 3.
Copia de la resolución emitida por el Tribunal Superior de Tierras para
la autorización de condominios de acuerdo a la antigua ley 1542 sobre
tierra, de fecha 11/10/1947 (aplica para los condominios constituidos
del 2005 hacia atrás). 4. Copia de la resolución emitida por la
Dirección General de Mensura Catastral, para los condominios
constituidos a partir de la ley 108-05 sobre registro inmobiliario
(aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia adelante).
Importante:
en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos
tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras
oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
Puedes
visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario
establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros
avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes
requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Solución oficial
R R
4.8K Mensajes
hace 5 años
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2. En el menú Inscripción, selecciona la opción Personas Jurídicas.
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Para solicitar la incorporación (inscripción) al RNC como Persona Jurídica a través de nuestro portal, los representantes deben estar previamente registrados como Personas Físicas, a fin de que el sistema reconozca los números de cédulas de los mismos.
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, atendiendo al tipo de sociedad:
1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado (no obligatorio), con los anexos correspondientes.
2. Copia de ambos lados de la Cédula de Identidad y Electoral de los miembros o copia del Pasaporte (en caso de extranjeros que no posean Cédula de Identidad y Electoral).
3. Copia de la resolución emitida por el Tribunal Superior de Tierras para la autorización de condominios de acuerdo a la antigua ley 1542 sobre tierra, de fecha 11/10/1947 (aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia atrás).
4. Copia de la resolución emitida por la Dirección General de Mensura Catastral, para los condominios constituidos a partir de la ley 108-05 sobre registro inmobiliario (aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia adelante).
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Nota: Recordamos que para asegurar una mejor experiencia en nuestra Comunidad de Ayuda, de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las preguntas realizadas deben marcarse con la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
Recuerda que a través de la Oficina Virtual puedes realizar tus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
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Cristhian Castillo
553 Mensajes
hace 5 años
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1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado (no obligatorio), con los anexos correspondientes.
2. Copia de ambos lados de la Cédula de Identidad y Electoral de los miembros o copia del Pasaporte (en caso de extranjeros que no posean Cédula de Identidad y Electoral).
3. Copia de la resolución emitida por el Tribunal Superior de Tierras para la autorización de condominios de acuerdo a la antigua ley 1542 sobre tierra, de fecha 11/10/1947 (aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia atrás).
4. Copia de la resolución emitida por la Dirección General de Mensura Catastral, para los condominios constituidos a partir de la ley 108-05 sobre registro inmobiliario (aplica para los condominios constituidos del 2005 hacia adelante).
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
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