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Buenos dias , he visto las consultas sobre tasa de cambio en las facturas con monedas extranjera, donde ustedes informan la base legal es la ley 183 02 Articulo 28, esta base legal no especifica correctamente y por lo visto no esta normado en la Dgii que se deba poner la tasa de cambio en el NCF.
Buenos días, he visto las consultas sobre tasa de cambio en las facturas con monedas extranjera, donde ustedes informan que la base legal es la ley 183 02 Articulo 28, esta base legal no especifica correctamente y por lo visto no está normado en la Dgii que se deba poner la tasa de cambio en el NCF., favor verificar


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
28.6K Mensajes
hace 9 horas
Buenas tardes, Juan. Gracias por contactarnos.
A fin de que las bases legales al respecto sean revisadas a profundidad por nuestra Gerencia Legal, le invitamos a someter una consulta técnica, llevando a cabo el procedimiento indicado en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA1971 ¿Cómo puedo realizar una consulta técnica sobre leyes o impuestos en la DGII?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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