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Buenos Días, deseo acogerme al RST
Soy una persona Jurídica y mi actividad económica principal es Venta al por menor de equipos y materiales eléctricos, pero ahora sólo estoy realizando la actividad económica secundaria, que es de asesoramiento técnico. Estoy asesorando a una empresa extranjera. cuando trato de registrarme en el RST sólo me permite acogerme al RST de Compras, pero no estoy comprando equipos y materiales en este momento. Como puedo resolverlo?



Solución oficial
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hace 6 años
Para solicitar la modificación de tu actividad económica debes seguir los pasos indicados en este enlace:
https://ayuda.dgii.gov.do/dgii/topics/ca4103-como-puedo-solicitar-la-modificacion-de-datos-basicos-d...
También puedes realizar tu solicitud de manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de las Administraciones Locales, los siguientes documentos:
1. Formulario de Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Sociedades (RC-02) llenado, firmado y sellado con los anexos correspondientes.
2. Copia del certificado de Registro Mercantil modificado.
3. Copia del acta de modificación registrado en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente (aplica para EIRL).
4. Copia del acta de asamblea general y nómina de presencia que apruebe la modificación registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente.
5. Copia de la resolución emitida por el órgano correspondiente, según sea el caso (Desarrollo Fronterizo, Turismo, Cadena Textil, Zonas Francas, Exportación, Zonas Francas Comerciales, DG-Cine, Energía Renovable, Pro-industria) Aplica en caso de entidades acogidas a régimen especial de tributación.
Importante: en vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referente a la asistencia presencial en nuestras oficinas, por lo que, te exhortamos consultar los Avisos 63-20 y 64-20:
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/63-20.pdf
• https://dgii.gov.do/publicacionesOficiales/avisosInformativos/Documents/2020/64-20.pdf
Puedes visitar el Centro de Asistencia al Contribuyente (CAC) en el horario establecido y tomando en cuenta las medidas indicadas en nuestros avisos, sin embargo, para visitar las Administraciones Locales debes requerir una cita de acuerdo con dicho aviso.
Queremos ofrecerte la mejor experiencia y, en este sentido, nos gustaría saber qué opinas de la Comunidad de Ayuda. Por favor completa la siguiente encuesta:
https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_comunidad_ayuda_DGII_PB_D2MMZ9X
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas únicamente en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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