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Buenas
Después de hacer el levantamiento de oposición y duplicado tendría que sacar otro acto de venta o con los mismos documentos me sale el traspaso
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Después de hacer el levantamiento de oposición y duplicado tendría que sacar otro acto de venta o con los mismos documentos me sale el traspaso
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
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hace 2 meses
Buenos días, Abimael. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, los cambios de nombre no surten efectos al momento de solicitar el levantamiento de una oposición y/o duplicado de una matrícula sino únicamente cuando se realiza un traspaso. Para solicitarlo debe debe depositar en la Unidad de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales o el Centro de Transacciones de Vehículos de Motor correspondiente a la provincia donde se notario el contrato de venta, exceptuando la Unidad de Servicios Personalizados de Vehículos de Motor de las Administraciones Locales Máximo Gómez, Abraham Lincoln, Centro de Transacciones Múltiples de Vehículos de Motor Lope de Vega y San Carlos*, los siguientes documentos:
Costo del Servicio:
Tiempo de respuesta: Inmediato. No obstante, el tiempo de espera dependerá del flujo de personas que haya el área de vehículos de motor en el momento que se presente a realizar su solicitud.
Asimismo, le aclaramos que, la transferencia debe realizarse dentro de un plazo de 90 días después de realizado el contrato de venta, vencido este plazo, serán aplicados los recargos e intereses establecidos en el Art. 252 del Código Tributario.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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