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BUENAS TARDES
BUENAS TARDES, TENGO UN CLIENTE QUE IMPPORTA FLORES, ADUANA LE ESTA COBRANDO EL ITEBIS QUIERO SABER PORQUE SI LAS FLORES ESTAN EXENTAS. Y PPR FAVOR NECESITO SABER COMO REPORTO ESA FACTURA EN MI 606.LA FATURA TIENE GRAVAMEN, CIF, ITEBIS, FOB, SEGURO Y FLETE
Solución oficial
OTM .
2.3K Mensajes
hace 6 años
La compra de bienes realizada en el exterior debe ser reportada de la siguiente manera:
• En el IT-1: el valor del ITBIS pagado en la importación (no aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
• En el IR-2: debe reportar el gasto incurrido por la adquisición de los bienes importados (el soporte del gasto es la declaración de aduanas).
• En el Formato 606: el gasto por el servicio de transporte y desaduanización de la mercancía (aplica cuando la mercancía es importada vía un courier).
Consideraciones Importantes:
Cuando los bienes son importados vía un courier y la declaración aduanal es realizada a nombre del contribuyente, es decir, el courier solo fungió como agente aduanal, el ITBIS pagado en la importación se debe reportar en el IT-1.
En caso de requerir más orientación, le recomendamos comunicarse o dirigirse al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece, ya que esta es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables y su impacto fiscal en esta Dirección General.
Importante: Para conocer a cuál Administración Local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Yadira Guílamo Hernádez
37 Mensajes
hace 6 años
Recibe un saludo.
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