Buenos días, Leonor. La Comunidad de Ayuda DGII es un espacio de comunicación abierta creada con el objetivo de ofrecer asistencia al público sobre el quehacer tributario, además de facilitar la búsqueda de información sobre los trámites, requisitos y servicios que ofrece la Dirección General de Impuestos Internos.
Para mas información te exhortamos a consultar las Normas de Uso de la Comunidad, a través del siguiente enlace:
En ese sentido, con relación a tu inquietud, te exhortamos comunicarte con los Ministerios de Trabajo y Hacienda, a fin de que puedas recibir la asistencia requerida.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
*FASE 1- (Decreto 143-20 Art. 4) con la suspensión:* Empleados que exclusivamente fueron suspendidos DGT9. Recibirán un subsidio de un 70% de su salario reportado en TSS hasta el Febrero 2020. El empleador no se encuentra obligado a completar el 30% del salario base.
*Nota:* Pre-requisito, la autorización de pago de la TSS del mes de Febrero 2020 debe ser saldada *(Decreto 143-20 / Art. 3)*.
*FASE 2 - (Decreto 143-20 Art. 6) empleados activos (DGT3/DGT4):* Empresas que decidieron mantener el total de empleados activos, recibirán un subsidio de $5,000 pesos x cada empleado. Se requiere de un co-pago, que debe cubrir el empleador en su totalidad.
*Nota:* Para aplicar todos sus empleados deben permanecer activos, en caso de contar con un empleado suspendido, ese empleado suspendido entrará al programa de FASE 1, y los demás empleados pierden el derecho de subsidio, el empleador debe cubrir el 100% del salario de esos empleados *(Decreto 143-20 / Art. 5 - Párrafo 1)*.
Esos empleadores también podrían aplicar en base al *Art. 6 / Decreto 143-20*, a consideración del Ministerio de Trabajo.
DGT-9 es para empleados suspendidos exclusivamente y entran en el subsidio FASE 1, el gobierno pagará un 70% y el empleador si desea puede contribuir con el empleado (no es una obligación / es una decisión del empleador si desea cooperar)
Pero el gobierno le está subsidiando hasta 8,500 pesos.
Eso del empleador pagar el 30%,esta a opción de él.
Es lamentable, pero es así. El gobierno según el Decreto 143-20 le pidió a los empleadores que le completatan el 30% a los empleados suspendidos. Pero hasta ahora no lo han estado pagando. Entiendo su situación! Que pena!
Es que el nunca me entró en el seguro nunca hizo lo posible yo trabajo en una banca hípica y soy madre soltera tengo dos hijos y mi madre está enferma y yo soy todo la que mantiene la casa no tengo ayuda de nadie entonces el debería considerarme y por lo menos pagar la mitad del sueldo por qué tampoco es que ganó bien el nunca a querido aumentar
Solución oficial
R R
4.8K Mensajes
hace 6 años
Para mas información te exhortamos a consultar las Normas de Uso de la Comunidad, a través del siguiente enlace:
https://www.dgii.gov.do/getsatisfaction/Documents/NormasUsoComunidad.pdf?_ga=2.214385751.1706934221....
En ese sentido, con relación a tu inquietud, te exhortamos comunicarte con los Ministerios de Trabajo y Hacienda, a fin de que puedas recibir la asistencia requerida.
Nota: recuerda que de acuerdo con nuestras Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII, todas las consultas realizadas deben ser colocadas en la categoría “Discusiones”. En ese sentido, procedimos a realizar las correcciones de lugar a tu publicación.
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Rafael Amparo
910 Mensajes
hace 6 años
*FASE 1- (Decreto 143-20 Art. 4) con la suspensión:* Empleados que exclusivamente fueron suspendidos DGT9. Recibirán un subsidio de un 70% de su salario reportado en TSS hasta el Febrero 2020. El empleador no se encuentra obligado a completar el 30% del salario base.
*Nota:* Pre-requisito, la autorización de pago de la TSS del mes de Febrero 2020 debe ser saldada *(Decreto 143-20 / Art. 3)*.
*FASE 2 - (Decreto 143-20 Art. 6) empleados activos (DGT3/DGT4):* Empresas que decidieron mantener el total de empleados activos, recibirán un subsidio de $5,000 pesos x cada empleado. Se requiere de un co-pago, que debe cubrir el empleador en su totalidad.
*Nota:* Para aplicar todos sus empleados deben permanecer activos, en caso de contar con un empleado suspendido, ese empleado suspendido entrará al programa de FASE 1, y los demás empleados pierden el derecho de subsidio, el empleador debe cubrir el 100% del salario de esos empleados *(Decreto 143-20 / Art. 5 - Párrafo 1)*.
Esos empleadores también podrían aplicar en base al *Art. 6 / Decreto 143-20*, a consideración del Ministerio de Trabajo.
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Rafael Amparo
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hace 6 años
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Rafael Amparo
910 Mensajes
hace 6 años
Eso del empleador pagar el 30%,esta a opción de él.
Es lamentable, pero es así. El gobierno según el Decreto 143-20 le pidió a los empleadores que le completatan el 30% a los empleados suspendidos. Pero hasta ahora no lo han estado pagando. Entiendo su situación! Que pena!
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