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buenas tardes deseo saber si todas mis facturas son de consumo y son por debajo de 250000 si no tengo que remitir el 607 sino que solo me llevo el total al it1
buenas tardes deseo saber si todas mis facturas son de consumo y son por debajo de 250000 si no tengo que remitir el 607 sino que solo me llevo el total al it1
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenos días, Ivelisse. Gracias por contactarnos.
Para los periodos donde solo se tenga facturas de consumo inferior al monto establecido, no es necesario enviar el archivo de texto del formato 607. En estos casos, debe cotejar la opción Marcar sólo si remitirá Factura(s) de Consumo menores de RD$250,000.00 al momento de completar la sección Resumen General de Facturas de Consumo en su Oficina Virtual.
Las facturas de consumo con montos facturados inferiores a los doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000) deben ser reportadas a través de la sección Resumen General de Facturas de Consumo disponible en la opción Enviar Archivos de su Oficina Virtual (OFV). Este reporte debe realizarse a modo de resumen proporcionando las siguientes informaciones:
1. Cantidad NCFs Emitidos de F.C.
2. Total Monto Facturado
3. Total ITBIS Facturado
4. Impuesto Selectivo al Consumo
5. Total Otros Impuestos/Tasas
6. Total Monto Propina Legal
7. Tipo de Venta
Consideraciones importantes:
En este reporte debe remitirse la totalidad de las facturas de consumo, incluyendo aquellas con un valor igual o superior a los doscientos cincuenta mil pesos (RD$250,000.00).
La información de las facturas de consumo debe realizarse de manera conjunta al momento de remitir el formato 607.
Los contribuyentes omisos en la remisión del formato 607 o que deban rectificar dicho formato de periodos anteriores a abril 2018 inclusive, deben reportar estas facturas en la versión del formato 607 establecido antes de la entrada en vigencia de la Norma General 07-18.
Para más detalles, le exhortamos a consultar los siguientes instructivos: Formato 607 y el ITBIS
· Formato 607: http://ms.spr.ly/61211bKr6x
· El Instructivo Llenado del Formulario IT-1 2020: http://ms.spr.ly/61212bKr6I
Base Legal: Norma General 07-18, Art. 4, párrafo I y Art. 13 modificada por la Norma General 10-18.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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ivelisse tejeda
7 Mensajes
hace 2 años
si una persona se registra y pasan varios meses sin reportar ni remitir comprobantes puede hacer las declaraciones en 0 y no le genera ningun inconveniente.-
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Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 2 años
Buenas tardes, Ivelisse. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos realizando las verificaciones de lugar con el área correspondiente, a fin de dar respuesta en el menor tiempo posible.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
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