jueves, 20 de agosto de 2026

Buen día, mi nombre es María,

Vengo de una oficina de la DGII de consultarles si puedo presentar el DIOR , y me dijeron que al presentarlo 4 meses tarde, me cargaran un cargo por mora de un 10% el primer mes y de un 1,10% de intereses, y el 4% de mora y 1.10% intereses por los siguientes meses...Sobre qué base se calculan estos porcentajes? Porque la presentación del DIOR no genera un monto a pagar, verdad? Muchas gracias por anticipado

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Solución oficial

Buenas tardes, Maria. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, dado que el DIOR no genera monto a pagar, no se calcularán recargos e intereses por la presentación tardía del mismo. No obstante, permanecer en el incumplimiento le hace correr el riesgo de que le sean aplicadas las sanciones previstas en el artículo 250 y 257 del Código Tributario.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​  muchas gracias, y puedo presentar la declaracion Dior sin el Informe de Precios de Transferencia? cual es el umbral de facturación para estar obligada a presentar este informe? gracias de antemano!

Buenas tardes, Maria. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que el Estudio de Precios de Transferencias o Reporte Local se presenta luego de la presentación del DIOR. Para conocer quiénes se encuentran excluidos de la obligación de realizar este reporte, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA2239 ¿Quiénes se encuentran excluidos de realizar el Reporte Maestro y el Reporte Local o Estudio de Precios de Transferencia?

 

Importante: Los contribuyentes que hayan efectuado operaciones con partes relacionadas y se encuentren excluidos de acuerdo con lo informado en la pregunta referenciada, deberán presentar la DIOR a la DGII en el plazo establecido por la ley.

 

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