16 Mensajes

martes, 28 de abril de 2026

BONOS SON GRAVADOS CON ITBIS

EMPRESAS DEL MISMO GRUPO ENTREGAN BONOS A SUS EMPLEADOS, EXISTEN ENTRE ELLAS EMPLEADOS QUE LABORAN EN AMBAS.

A LE DIO BONOS A EMPLEADOS DEL B Y B LE DIO BONOS A EMPLEADOS DE A. COMO SE DEBE REALIZAR ESTA FACTURACION? SE DEBE GRAVAR CON ITBIS ESTE TIPO DE FACTURACIÓN? 

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Yesika. Gracias por contactarnos.

 

Para obtener una respuesta vinculante por parte de esta Dirección General, le convidamos a que realice una consulta técnica, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la Sede Central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

  1. Formulario de Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004) llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Nota: El consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

16 Mensajes

BONOS Y/O SALARIOS GRAVADOS CON ITBIS

Un colaborador trabajo para la empresa A desde enero a mayo del 2025 y luego fue transferido a la empresa B desde junio a diciembre 2025, actualmente el colaborador está en la empresa B y esta le ha pagado los bonos completos del año 2025. Las empresas son del mismo grupo.

¿Los bonos de enero a mayo del 2025 se le emitirá una factura a la empresa A para que se los pague a la empresa B, estos deben ser gravados con ITBIS? ¿Aplicaría lo mismo para el salario del colaborador?

16 Mensajes

hace 2 meses

BONOS Y/O SALARIOS GRAVADOS CON ITBIS

Un colaborador trabajo para la empresa A desde enero a mayo del 2025 y luego fue transferido a la empresa B desde junio a diciembre 2025, actualmente el colaborador está en la empresa B y esta le ha pagado los bonos completos del año 2025. Las empresas son del mismo grupo.

¿Los bonos de enero a mayo del 2025 se le emitirá una factura a la empresa A para que se los pague a la empresa B, estos deben ser gravados con ITBIS? ¿Aplicaría lo mismo para el salario del colaborador?

Buenas tardes, Yesika. Gracias por contactarnos.

 

 El proceso habitual de dos empresas que paguen bonos a un mismo empleado, aun cuando pertenezcan a un mismo grupo, es que paguen al empleado directamente, coordinándose ambas para que solo su agente de retención haga el reporte de las retenciones, a través de una elección de único agente de retención. En estos casos, la transacción no conlleva emisión de un comprobante ni que sea gravada con ITBIS.

 

No obstante, si desea explorar la posibilidad de pagar el bono a través de la otra empresa y qué conllevaría el efectuarlo de esta manera, deberá someter una consulta técnica vinculante, según lo informado en nuestra respuesta anterior.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.