Perfil de nathali eugenia ramirez

miércoles, 22 de noviembre de 2023 17:49

Cerrado

Bono primera vivienda

Saludos buenas tardes cuál es el proceso para solicitar el bono de la primera vivienda .

Cuáles son los documentos que debo tener , como hacerlo 

Solución oficial

Buenas tardes, Eugenia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, La compensación del ITBIS o bono de vivienda de bajo costo debe ser solicitada por las fiduciarias en nombre de los adquirientes finales de las unidades habitacionales de cada proyecto.

 

Para solicitar el bono o compensación del ITBIS por la adquisición de viviendas de bajo costo las fiduciarias deben depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana los siguientes documentos:

 

  1. Formulario Solicitud de Bonos de Vivienda de Bajo Costo (FI-GERE-001), llenado, firmado y sellado.
  2. Certificación de la Dirección General de Catastro Nacional de cada adquiriente y su cónyuge, en la cual se indique que no tienen bienes inmuebles registrados*.
  3. Copia del contrato de tripartito de venta entre la entidad de crédito, el fideicomiso y el o los adquiriente (s), o copia del contrato definitivo de compra venta entre el fideicomiso y el o los adquirientes (s), en el que se haga constar el precio de venta de la vivienda y la descripción de la unidad habitacional, indicando su tipo según la certificación emitida por el MIVHED**.
  4. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral del o de los adquiriente (s) y su (s) cónyuge (s) o copia de los pasaportes si se trata de dominicanos residentes en el exterior. 
  5. Declaración Jurada de Residencia del adquiriente apostillada o notariada por el Consulado Dominicano en la que conste el país donde reside, su domicilio permanente en el mismo e indique que no percibe ingresos en la República Dominicana (aplica para los dominicanos residentes en el exterior).

Importante:

La suscripción del contrato de venta no debe tener una antigüedad mayor a un (1) año.

*La certificación emitida por la Dirección General de Catastro Nacional puede ser recibida en copia cuando se trate de certificaciones con firma digital.

** Con la entrada en vigencia de la ley 160-21 se dispone la supresión del Instituto Nacional de la Vivienda (INVI) y las funciones, atribuciones y facultades de este instituto se transfieren al Ministerio de la Vivienda, Hábitat y Edificaciones (MIVHED).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: 

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. 

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. 

Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII. 

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII! 

 

Es un placer servirle.