miércoles, 19 de agosto de 2026

Beneficios de los gastos educativos

 Cómo hago para Trámites para las Personas Físicas
beneficiarse de los Gastos Educativos
(Ley No. 179-09)
Si es Persona Física (profesional liberal 

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Solución oficial

Buenos días, Isamar. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA1584 ¿Cuáles pasos debo seguir para beneficiarme de la ley de gastos educativos?

 

Importante: Las personas físicas pueden solicitar el reembolso del excedente que resulte luego de compensar el saldo a favor con los anticipos generados en la declaración, llevando a cabo el proceso indicado en la siguiente pregunta de esta comunidad: CA2144 ¿Qué debo hacer para solicitar el reembolso del saldo a favor en el Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

hace 26 días

Cuáles son los  pasos para recibir los beneficios de los gastos educativos