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martes, 8 de octubre de 2019 18:36

Cerrado

BASE LEGAL DE UNA EMPRESA AGRICOLA

CUAL SERIA LA BASE LEGAL DE UNA EMPRESA AGRÍCOLA

gracias.-

Solución oficial

1.4K Mensajes

hace 6 años

Buenas tardes, necesitamos que por favor especifiques mejor tu consulta, detallándonos la misma, a fin de ofrecerte la asistencia requerida.

Nota: quedamos en espera de tus comentarios para poder validar la información. De no recibir respuesta en un tiempo de 24 horas procederemos a cerrar esta consulta y deberás crear una nueva para recibir la asistencia.”

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122 Mensajes

hace 6 años

Saludos, 

Así como las instituciones sin fines de lucro, zonas francas, tienen leyes especiales como la 122-05, etc. yo quiero saber cual ley ampara las empresas agrícolas, por ejemplo tengo una empresa agrícola ya constituida que realiza la siguiente actividad:

EXPLOTACIÓN DE VIVEROS FORESTALES (INCL. PROPAGACIÓN DE ESPECIES FORESTALES).

que ley ampara ese tipo de actividad de una empresa agrícola. 

4.8K Mensajes

Buenos días. Mediante la Norma General 01-2008, al sector agropecuario le fueron otorgadas las siguientes exenciones:

1. Pagar los anticipos del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
2. Pagar el Impuesto sobre Activos.
3. De la retención del 5% por concepto de Impuesto Sobre la Renta sobre los pagos realizados por el Estado.

Consideraciones Importantes:

• Estas exenciones fueron prorrogadas para el ejercicio fiscal 2019 mediante la Norma General 01-2019.
• Estas exenciones son otorgadas de manera automática; es decir, no es necesario que el contribuyente realice una solicitud para beneficiarse de esta disposición. En caso de que se le genere alguna de estas obligaciones, debe canalizar el caso directamente con la Administración Local a la que pertenece.

Para más información, te exhortamos que solicites una consulta técnica, a fin de que puedas obtener una repuesta vinculante relacionada a tu inquietud. En ese sentido, debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:

1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.

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