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Base Imponible/Gravable con Descuentos y Recargos
Buenos días, busco su orientación sobre cómo determinar correctamente la Base Imponible/Gravable cuando en la operación existen Descuentos y Recargos.
¿Se toma como Base Imponible el Precio de Venta, después sobre este se le aplican los Descuentos y Recargos o hay un orden a seguir?
Ej. Item Precio Venta 1000 pesos, Descuento 10% y Recargo 20%
Descuento = 1000*10% = 100
Recargo = 1000*20% = 200
Base Imponible = 1000-100+200 = 1100, a partir de acá ya puedo aplicar ITBIS o ISR o lo que corresponda
¿Esto sería así? Gracias
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Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 26 días
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