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jueves, 7 de noviembre de 2024 17:33

Cerrado

BANCAS DEPORTIVAS, OBLIGACIONES TRIBUTARIAS

Saludos, 

Favor indicarme cuanto es el impuesto único que debe pagar una banca deportiva a IMPUESTOS INTERNOS? 

a través de que formulario se reporta este impuesto? 

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Annamell. ¡Gracias por contactarnos!

 

De acuerdo con la normativa vigente, las bancas de loterías y apuestas que operen en la República Dominicana se encuentran sujetas al pago de los siguientes impuestos:

Bancas de Loterías:

  1. Por sus ventas u operaciones brutas: un valor de ochocientos ochenta y tres pesos (RD$883.00) mensuales por cada banca.

  2. Monto especifico: un valor de RD$ 60,149.00 anuales, para el periodo comprendido de febrero 2024 a enero 2025.

Bancas de Apuestas Deportivas:

  1. Por sus ventas u operaciones brutas: un valor de cinco mil diez pesos (RD$5,010.00) mensuales por cada banca.

  2. Monto especifico: 
    • Bancas deportivas radicadas en las áreas metropolitanas del Distrito Nacional, provincia Santo Domingo, San Cristóbal, Santiago de los Caballeros, San Francisco de Macorís, Puerto Plata y La Vega, el monto de RD$386,673.00 anuales.

    • El resto de las bancas deportivas radicadas en cualquier otro punto geográfico de la nación, deben pagar RD$257,782.00.

Importante:

  • El monto específico a pagar está comprendido para el periodo de febrero 2024 a enero 2025, ajustable por inflación.
  • Los contribuyentes que no se acojan a lo establecido en el artículo único de las Normas 11-11 y 12-11 respectivamente, podrán pagar el impuesto correspondiente en base al valor de sus ventas u operaciones brutas declaradas.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.