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martes, 18 de junio de 2024 03:19

Cerrado

Baja administrativa para empresa sin operación

Hola. Tengo la siguiente duda: ¿Qué puedo hacer con una empresa que tiene más de 7 años sin operaciones porque no se transformó y su único bien activo se lo expropió el Estado y quiero una certificación de baja administrativa?

Solución oficial

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar la disolución o cese definitivo como Persona Jurídica debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, según corresponda: https://acortar.link/lAbEIo

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

https://acortar.link/VQ0Nhd

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@Comunidad de Ayuda DGII​ 

Hola. Gracias por su respuesta, pero no responden la duda, paso y explicó: 

 

Nuestra empresa sería una S.A. y, por tal motivo, los requisitos que me envía para que nosotros cumplamos con ese cese implicaría haber realizado la transformación, lo cual no es el caso. Por esta razón, se vio en la obligación de cerrar operaciones hace más de 7 años. Por ende, los requisitos que usted menciona no pueden ser cumplidos, ya que no poseo esa documentación. Quisiera saber qué necesito para una baja administrativa, porque el único bien que tenía esa empresa fue expropiado por el Estado para la segunda línea del metro de Santo Domingo.

 

Nos gustaría, si está en sus posibilidades,  que nos recomendará con quien hablar en la sucursal de Herrera sobre dicho tema.

Buenos días. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, en caso de solo requerir la certificación, puede solicitarlo depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:

 

Formulario de Solicitud de Certificaciones (FI-ADML-007), llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).

Recibo de cobro por servicios (RD$300.00).

Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del contribuyente que solicita la certificación o pasaporte si es extranjero.

Original o copia del poder notariado y legalizado o carta de autorización timbrada, firmada y sellada por un apoderado o accionista (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud).

Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, de la persona autorizada a realizar la solicitud (aplica en caso de que sea un tercero que realice la solicitud).

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta: https://acortar.link/827H4U

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.

 

https://acortar.link/VQ0Nhd