Buenos días, los equipos médicos y la mano de obra por instalación no se encuentran exentos de ITBIS debido a que no están contemplados dentro del listado de bienes (Artículo 24 de la Ley 253-12) y servicios exentos (Artículo 25 de la Ley 253-12).
Según el Artículo 24 de la Ley 253-12 solo están exentas del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) las importaciones y adquisiciones en el mercado local de maquinarias, equipos y sus repuestos directamente relacionados con la fabricación o producción de medicinas para uso humano y animal, cuando sean adquiridos por los propios laboratorios farmacéuticos y fábricas de alimentos de animales.
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hace 7 años
Según el Artículo 24 de la Ley 253-12 solo están exentas del pago del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) las importaciones y adquisiciones en el mercado local de maquinarias, equipos y sus repuestos directamente relacionados con la fabricación o producción de medicinas para uso humano y animal, cuando sean adquiridos por los propios laboratorios farmacéuticos y fábricas de alimentos de animales.
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