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sábado, 27 de abril de 2019 02:21

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Ayuda : una persona física (bailarín) que factura con comprobante fiscal, cuál es la retención que le corresponde cuando le paguen?

Solución oficial

hace 6 años

Buenos días Francis, cuando una persona física le brinde un servicio de ballets a una empresa o Negocio de Único Dueño, esta última deberá retener el 10% de ISR, por la prestación de servicios profesionales. En este caso, no aplica retención de ITBIS, ya que se encuentra exento en virtud del Decreto 274-01, artículo 2.

Nota: Las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención, por lo que no deben aplicar retención al efectuar pagos por la prestación de servicios

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Solución oficial

hace 6 años

¡Gracias a ti Francis, por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

10%

293 Mensajes

hace 6 años

10% ISR y si está grabado con ITBIS el 100% de este.

448 Mensajes

hace 6 años

Muchas gracias.