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lunes, 20 de enero de 2025 19:06

Cerrado

AUTORIZACIÓN NCF PARA CONTRIBUYENTE PERSONA FISICA

BUENAS TARDES. REPRESENTO UN NUEVO CONTRIBUYENTE QUE RECIÉN SE APERTURO EN LA OFICINA VIRTUAL. ACTUALMENTE ESTÁ REGISTRADO EN LA DGII COMO EMPLEADO DE UNA EMPRESA, Y SEGUIRÁ SIÉNDOLO POR TIEMPO INDEFINIDO,PERO LA PERSONA SE INICIARÁ PRONTAMENTE EN NEGOCIOS PROPIOS Y NECESITARÁ TAMBIÉN FACTURAR ESOS INGRESOS. QUISE SOLICITARLE SUS NCFs PERO NO PUDE. QUE DEBO HACER PARA QUE ADEMÁS DE EMPLEADO LE AUTORIZEN EMITIR SUS PROPIAS FACTURAS?

Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Mayra. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, puede solicitar la autorización para emitir Números de Comprobantes Fiscales (NCF)/ Alta de NCF a través de las siguientes vías:

Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. En el menú Solicitudes, seleccione la opción Solicitar Trámites.
  3. En Seleccionar Tipo de Solicitud, escoja la opción Solicitar Alta de Números de Comprobantes Fiscales y pulse el botón Solicitar.
  4. Complete el formulario que le aparecerá en pantalla y presione el botón Enviar. Deberá adjuntar documentos que avalen la Actividad Económica como: Facturas de Compras/Gastos con Valor Fiscal, Contrato de Servicio, Cotización, Contrato de Alquiler, Matrícula de Vehículo, Título de Inmueble, Carné de Colegiatura en caso de Profesionales Liberales u otros documentos, según aplique.
  5. Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón OK.

Nota: A través de esta opción podrá visualizar el estatus de su solicitud.

De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales (FI-GCF-009) llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].

  2. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).

  3. Documentos que permitan validar la actividad económica tales como: facturas de compras/gastos con valor fiscal, contratos de servicios, cotizaciones, contrato de alquiler, matrículas de vehículos, carné de colegiatura en caso de profesionales liberales, u otros según aplique.

Tiempo de respuesta:
05 días laborables.

Costo del servicio:
Gratuito.

Quienes pueden solicitar:
Personas Físicas y Jurídicas con actividad económica que generadoras de obligaciones fiscales.

Cuando solicitar:
Posterior a la incorporación al RNC y antes del inicio de operaciones.

Importante:

  • Es el procedimiento mediante el cual los nuevos contribuyentes, previo al inicio de sus operaciones comerciales, solicitan autorización para emitir
    comprobantes fiscales.
  • La respuesta a la solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales, será remitida al Buzón de Mensajes de la OFV.
  • Para realizar la solicitud el contribuyente debe cumplir con lo siguiente:

    • Tener acceso a la Oficina Virtual. En caso no poseerlo deberá solicitar la clave de acceso al momento de registrar la solicitud.
    • Los contribuyentes cuya actividad económica sea la fabricación de productos de alcoholes y tabaco, deben tener la licencia que les autorice a dicho proceso al momento de solicitar el alta de los NCF.
    • Los datos básicos del RNC (domicilio fiscal, actividad económica) proporcionados en el formulario de solicitud deben coincidir con los registrados en nuestra base de datos. En caso de que no coincidan, debe solicitar la modificación de su registro.
    • No debe existir incumplimiento de deberes formales u obligaciones tributarias de los responsables solidarios, conforme a lo dispuesto en el Código Tributario.

Este procedimiento también debe ser agotado por los contribuyentes que han estado en cese temporal.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.