martes, 25 de agosto de 2026

Auditoria Financiera Externa

Como Institucion Gubernamental me brindaron el servicio de auditoria externa financiera, a la factura que me presenta la empresa como persona juridica debo de retenerle el 30% del ITBIS.

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Solución oficial

Buenos días, Anyolani. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que sí, debe efectuar la retención del 30% del ITBIS facturado a la persona jurídica que le presta el servicio, por tratarse de un servicio profesional liberal. En caso de que el servicio se haya facturado en un comprobante no electrónico, adicionalmente deberá efectuar la retención del 5% del monto facturado, correspondiente al Impuesto Sobre la Renta.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

muchisimas gracias 

Buenas tardes, Anyolani.

 

Gracias a usted por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

  

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