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Asunto: Consulta técnica sobre procedimiento de emisión de Notas de Crédito Electrónicas
Estimados, buen día:
Cordial saludo.
Me gustaría realizar la siguiente consulta técnica relacionada con las Notas de Crédito Electrónicas:
Según las actualizaciones implementadas a partir del 9 de septiembre de 2025, entiendo que las Notas de Crédito Electrónicas deben aplicar siempre al e-NCF original y que solo las Notas de Crédito pueden utilizar el código “1: Anula el NCF modificado”.
En ese sentido, ¿podrían confirmarme si, en un caso donde se requiere corregir solo un artículo o valor dentro de una factura electrónica ya emitida, es posible emitir una nota de crédito parcial por el monto o concepto específico, o si necesariamente debe generarse una nota de crédito total anulando el NCF completo y luego emitir una nueva factura?
Agradezco de antemano su orientación para asegurar el cumplimiento correcto de las disposiciones vigentes.
Atentamente,
Ruth Esther Brito de Reynoso


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
24.1K Mensajes
hace 1 mes
Buenas tardes, Ruth. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que las notas de crédito pueden tanto anular comprobantes como corregirlos, por lo que puede utilizarlo para modificar parcialmente un comprobante sin necesidad de anularlo por completo.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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