22 Mensajes
Artículo 343.- Bienes Exentos, pregunta sobre venta de Coco.
El coco sin procesar, de Consumo Masivo, no esta gravado según el Artículo 343, sobre Bienes Exentos. (Modificado por el Artículo 24 de la Ley No. 253-12 de fecha 09 de noviembre del 2012). Pregunto si necesito autorización para facturar Coco sin ITBIS? Si facturo Coco con ITBIS puedo ser multado?
Solución oficial
Ismelda Taveras
799 Mensajes
hace 6 años
No necesitas autorización, ya que, este se encuentra dentro de listado de los productos exentos que estable el artículo 343.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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William Vasquez
88 Mensajes
hace 6 años
No necesitas autorización,
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