ZM

miércoles, 9 de febrero de 2022 00:55

Cerrado

ARRENDAMIENTO A ZONAS FRANCAS COMERCIALES

Buenas tardes

Me podrían apoyar con la consulta siguiente:

Voy a rentar un local comercial a una empresa que tiene licencia de zona franca comercial, la empresa me indica que debo facturarle sin ITBIS y proporcionarle un comprobante B14, pero solo me muestra la licencia de zona franca comercial.

¿Puedo facturar un B14 y sin ITBIS

Gracias

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Zayra. Gracias por contactarnos.

 

Para que se le facture con comprobante de regímenes especiales (NCF del tipo 14), sin incluir el ITBIS, el contribuyente debe demostrar que se encuentra acogido a un régimen especial de tributación, en el caso de las zonas francas debe presentar el carné vigente por la DGII, al momento de adquirir bienes o servicios el cual debe estar vigente.

 

Cuando una zona franca adquiere bienes o servicios en el mercado local y el carné de exención de ITBIS se encuentra vencido o no lo posee, se le debe emitir un comprobante fiscal con valor de crédito fiscal (NCF del tipo 01), transparentado el ITBIS, si corresponde.

 

Importante: El carné de exención de ITBIS solo se les emite a las zonas francas acogidas a la Ley 8-90, “Zona Franca Industrial y de Servicios”.

 

Base legal: Reglamento 293-11, Art. 16; Norma General 05-19, Art. 10, párrafo IV.

 

En otro orden, le informamos que, en la prestación del servicio de alquiler de bienes inmuebles entre Personas Jurídicas no aplica retención del ISR ni de ITBIS.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.

hace 2 años

la disposiciones del carnet aplican en virtud de lo dispuesto en el reglamento 140-08 y sus modificaciones, debes, siempre verificar la validez del RNC Y LA FECHA DE VENCIMIENTO DE DICHO PLÁSTICO

77 Mensajes

@licsergio_david_maria_castillo​ 

En este caso la empresa es zona franca comercial y ellos no manejan carnet de exención, solo me muestran su licencia de zona franca comercial, ¿con eso seria suficiente?